La registrabilidad debe analizar la distintividad intrínseca del signo y los posibles conflictos con derechos anteriores. Deben revisarse elementos descriptivos, genéricos, engañosos, de uso común y referencias geográficas, además de semejanzas ortográficas, fonéticas, visuales y conceptuales. El resultado automatizado es preliminar y requiere búsqueda oficial de antecedentes.
